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Mirada
19 de marzo de 2023
Nº 1461 • AÑO XXXI

Esposo de la Virgen

Solemnidad de San José, el 20 de marzo

Es día de precepto y se traslada al día siguiente, por coincidir con el IV Domingo de Cuaresma.

El 19 de marzo es la fiesta litúrgica de San José, Esposo de la Virgen María. Este año, al coincidir con el IV Domingo de Cuaresma, la solemnidad de San José se traslada al día siguiente, el 20 de marzo.

Ese día 20 se mantiene como día de precepto con la participación en la Santa Misa, dispensándose a aquellos fieles que no puedan asistir por ser día laborable. Los fieles podrán consultar en su parroquia, iglesia o templo los horarios habilitados para celebrar la solemnidad de San José el 20 de marzo.

ESTE AÑO LA SOLEMNIDAD SE TRASLADA
El obispo de Guadix, D. Francisco Jesús Orozco, ha publicado el decreto por el que se traslada la celebración litúrgica de la Solemnidad de San José al lunes 20 de marzo, dado que el 19 de marzo es domingo de Cuaresma y tiene prevalencia. Se mantiene ese lunes 20 como día de precepto, aunque se dispensa del descanso a aquellos que, por ser un día laboral, no lo puedan hacer.

Además, recomienda a los párrocos que acomoden los horarios de las celebraciones para facilitar la asistencia. También se indica que, tanto el domingo 19 como el lunes 20 se hará colecta para el día del Seminario.

Este es el texto del decreto para la Solemnidad de San José:

Mons. Francisco Jesús Orozco Mengíbar,

por la Gracia de Dios y de la Sede Apostólica,

Obispo de Guadix

 DECRETO

 El próximo día 19 de marzo es cuarto domingo de Cuaresma, prevaleciendo esta celebración sobre la Festividad de San José. Por ello esta festividad se celebrará litúrgicamente el día 20 de marzo, lunes. Es la fiesta de San José de precepto en el calendario católico y día laborable en nuestra comunidad autónoma Andaluza. En consecuencia, y para conocimiento de los fieles, procede dar las siguientes normas:

  1.  Se mantiene el precepto de dicha solemnidad, con obligación de participar en la celebración de la Eucaristía.
  2.  Se dispensa de la obligación del descanso a aquellos fieles que por sus compromisos laborables no puedan hacerlo.
  3.  Se ruega a los párrocos y rectores de iglesias que acomoden en lo posible los horarios de misas a las posibilidades y necesidades de los fieles.
  4.  La celebración del Día del Seminario, con la correspondiente colecta, se hará coincidiendo en las Misas del domingo de Cuaresma y el día de la celebración litúrgica, o sea, 19 y 20 de marzo.

            Dado en Guadix, a trece de marzo del año dos mil veintitrés.

  + Francisco Jesús Orozco Mengíbar
Obispo de Guadix