24 de enero de 2021
1363 • AÑO XXVIII

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Diócesis de Guadix

Decreto sobre Hermandades y Cofradías
para la próxima Cuaresma y Semana Santa

Decreto emitido por el obispo de la diócesis accitana, D. Francisco Jesús Orozco, el pasado 21 de enero de 2021.

Las circunstancias graves de pandemia universal que vivimos y que se han agudizado en esta tercera ola de Covid-19, nos hacen estar muy atentos al cumplimiento estricto de las normas socio-sanitarias y restricciones de movilidad, así como a las convocatorias públicas con limitaciones de aforo. A pesar de la vacunación iniciada en nuestra Diócesis como en el resto de España, no se prevé en los próximos meses un cambio significativo de la situación. 

Estando cercano el tiempo de Cuaresma y la Semana Santa, oídos el Vicario General, miembros del gobierno diocesano, los presidentes de las Federaciones de Hermandades y Cofradías de la Diócesis, así como al Delegado Episcopal de Piedad Popular, en uso de mi potestad ordinaria, promulgo las siguientes normas para la Diócesis de Guadix, por medio del presente  

DECRETO 

1.-Quedan suspendidos todos los actos y celebraciones organizados por parroquias, Hermandades y Cofradías, asociaciones de fieles u otros grupos eclesiales que, tengan carácter de culto externo, y en general todos aquellos en los que se haga uso de la vía pública, hasta nuevas disposiciones al respecto. 

Esta situación anómala para la vida de las Hermandades y Cofradías en la próxima Cuaresma y Semana Santa, nos ofrece una gran oportunidad para profundizar en los grandes misterios de la fe cristiana. Os animo a vivir la Semana Santa muy unidos dentro de nuestras comunidades parroquiales, a participar de los oficios litúrgicos del Triduo Pascual y en las celebraciones propias de este tiempo de conversión y preparación a la fiesta vertebral de nuestra fe: la Resurrección de nuestro Señor Jesucristo. 

2.-Las procesiones y Estaciones de Penitencia, de acuerdo con los consiliarios y párrocos, podrán ser sustituidas por actos litúrgicos y de devoción en las sedes canónicas como en los lugares de culto, siguiendo los subsidios preparados por la autoridad competente, observando siempre la normativa y disposición sanitaria vigente. 

3.- Respecto a los cultos internos, establecidos en las reglas de Hermandades y Cofradías y demás asociaciones de fieles, se podrán celebrar según los protocolos socio-sanitarios y aforos, decretados por las autoridades competentes.

4.- En cuanto a la convocatoria y celebración de Cabildos Generales, procesos electorales y otros actos internos de las Hermandades y Cofradías, se confía a la responsabilidad de consiliarios y hermanos mayores, siempre en diálogo con la Delegación Episcopal de Hermandades y Cofradías.  

5.-Exhorto a las Hermandades y Cofradías a seguir viviendo con hondura e intensidad su compromiso eclesial identitario con los más necesitados, especialmente en este año de pandemia. Canalicemos a través de Cáritas los recursos de las estaciones de penitencia externas -que no se podrán realizar-, asistiendo a los necesitados, tanto en lo referente a la salud como en su situación económica.   

6.- Animo a elevar constantes preces a Nuestro Señor y a la Virgen Santísima por el fin de la pandemia y por los más afectados por ella, por los vivos y difuntos. Ofrezcamos nuestras estaciones de penitencia por dos intenciones muy actuales: para que no se vulnere el derecho a la vida desde el inicio de su concepción hasta su fin natural; así como por el respeto al derecho de los padres a decidir sobre la educación de sus hijos. Que juntos, como Iglesia, podamos superar las actuales dificultades y las Hermandades y Cofradías sean corazón que evangeliza, llevando la sangre de la Fe y de la Esperanza a todos los hombres de nuestro tiempo.

Dado en Guadix a dieciocho de enero del año del Señor MMXXI y entrando en vigor en el día de su fecha. 

+ Francisco Jesús Orozco Mengíbar
Obispo de Guadix