10 de enero de 2021
1361 • AÑO XXIX

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Sacramentos de vida cristiana 

La liturgia del sacramento del matrimonio

El matrimonio sea normalmente celebrado en la Misa, después de la homilía y antes de la oración de los fieles. Si no se celebra con la Eucaristía, el sacramento sea celebrado después de la liturgia de la palabra y se dé siempre la bendición a los esposos.

El rito sacramental del matrimonio fue uno de los primeros en ser sometido a estudio y de los primeros publicados. Algunos problemas inherentes a su celebración fueron presentados y tratados por el Concilio apenas constituido y encontraron solución en el Motu proprio Sacram Liturgiam y, mejor todavía, en la Instrucción Inter Oecumenici. Es uno de los momentos más significativos e importantes de la vida del cristiano y, por lo tanto, se sentía fuertemente la urgencia de que el rito fuese revisado y enriquecido, de modo que expresase más claramente la gracia del sacramento y fuesen inculcados los deberes de los cónyuges. La Constitución litúrgica Sacrosanctum Concilium añadía algunas indicaciones de carácter ritual (nn. 77-78):

Revísese y enriquézcase el rito de la celebración del matrimonio que se encuentra en el Ritual romano, de modo que se exprese la gracia del sacramento y se inculquen los deberes de los esposos con mayor claridad. “Si en alguna parte están en uso otras laudables costumbres y ceremonias en la celebración del Sacramento del Matrimonio, el Santo Sínodo desea ardientemente que se conserven”. Además, la competente autoridad eclesiástica territorial, de que se habla en el artículo 22, párrafo 2, de esta Constitución, tiene la facultad, según la norma del artículo 63, de elaborar un rito propio adaptado a las costumbres de los diversos lugares y pueblos, quedando en pie la ley de que el sacerdote asistente pida y reciba el consentimiento de los contrayentes. (77) 

Celébrese habitualmente el matrimonio dentro de la Misa, después de la lectura del Evangelio y de la homilía, antes de la “oración de los fieles”. La oración por la esposa, oportunamente revisada de modo que inculque la igualdad de ambos esposos en la obligación de mutua fidelidad, puede recitarse en lengua vernácula. Si el sacramento del Matrimonio se celebra sin Misa, léanse al principio del rito la epístola y el evangelio de la Misa por los esposos e impártase siempre la bendición nupcial. (78) 

Los puntos fundamentales de estos dos números son los siguientes:

 a) El matrimonio sea normalmente celebrado en la Misa, después de la homilía y antes de la oración de los fieles. Si no se celebra con la Eucaristía, el sacramento sea celebrado después de la liturgia de la palabra y se dé siempre la bendición a los esposos.

 b) Esta bendición sea oportunamente revisada de modo que inculque la igualdad de ambos esposos en la obligación de mutua fidelidad.

 c) Si en alguna región existen otras costumbres y ceremonias en la celebración del sacramento del matrimonio, el santo Sínodo desea ardientemente que se conserven. Además, la competente autoridad eclesiástica territorial tiene la facultad de elaborar un rito propio adaptado a las costumbres de los diversos lugares y pueblos, quedando en pie la ley de que el sacerdote asistente pida y reciba el consentimiento de los contrayentes.

Ignacio Fernández González
Sacerdote Diocesano