Nº 1353 • AÑO XXVIII
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Sacramentos de vida cristiana
Teología y celebración del matrimonio cristiano
Los cristianos hacían como los demás, como los griegos y romanos, pues los cristianos tenían como norma general acomodarse a las normas vigentes de los pueblos entre los que vivían.
CONTEXTO DEL MATRIMONIO CRISTIANO
Durante los primeros siglos de la era cristiana, la mayor parte de los paganos que se convertían estaban ya casados pero no se planteaba ningún problema religioso acerca de su unión porque su situación conyugal era asumida por el bautismo e introducida en la esfera de la vida cristiana. El matrimonio se realizaba según los usos y las normas vigentes. Los cristianos hacían como los demás, acomodándose a las normas vigentes de los pueblos entre los que vivían. El canon 54 del Concilio de Elvira (306) da por supuesto que el matrimonio de los bautizados se celebra como el de los paganos.
La atención de la Iglesia se limita a garantizar que el matrimonio se celebre de acuerdo con la fe y la moral cristiana, ya que en los ritos matrimoniales paganos se infiltraba no poca inmoralidad y era normal que evitasen lo que no era compatible con la fe y con las exigencias morales del cristianismo. Así, por ejemplo, la invocación y el sacrificio a los dioses paganos eran sustituidos por la bendición del tálamo conyugal, y la coronación de la esposa se sustituía por la imposición del velo a los novios.
PAPEL DE LA IGLESIA EN EL MATRIMONIO CRISTIANO
Ya desde los primeros siglos la Iglesia fue tomando progresivamente conciencia de que el matrimonio, a pesar de ser considerado como una cuestión secular, tenía una significación cristiana y eclesial por el hecho de realizarse entre dos bautizados. De los siglos IV al XI se va a subrayar el carácter eclesial de la celebración del matrimonio, rodeándolo de ceremonias litúrgicas.
A finales del siglo I, Ignacio de Antioquía (+110) da este consejo a los contrayentes cristianos: Respecto a los que se casan, esposos y esposas, conviene que celebren su enlace con conocimiento del obispo, a fin de que el casamiento sea conforme al Señor y no sólo por deseo (Carta a Policarpo, 5,2). Se trataba de una preocupación pastoral y de una espiritualidad cristiana de la vida conyugal. La intervención del clero y del obispo se considera deseable, pero no implica de ninguna manera un acto jurisdiccional.
El primer testimonio que tenemos acerca de una bendición nupcial verdaderamente litúrgica es el del Papa Dámaso (366-384). Esta bendición sólo se confiere en el primer matrimonio y procede de Dios mismo.
Pero no hay huellas de un rito litúrgico del matrimonio propiamente dicho en la Iglesia occidental, con la intervención del clero, antes del siglo XI.
Pero alrededor del año 1000 el matrimonio pasa al poder jurisdiccional de la Iglesia. El cambio comienza en el siglo IX. Durante los siglos XI y XII, la Iglesia se atribuye toda jurisdicción sobre el matrimonio y, hasta tal punto, que reglamentaba aun los efectos civiles del contrato.
Ignacio Fernández González
Sacerdote diocesano