31 de mayo de 2020
1333 • AÑO XXVIII

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Sacramentos de la vida cristiana

La Unción de los Enfermos en la Historia de la Iglesia

Papa Inocencio I.

 

El primer testimonio que relaciona la unción de los enfermos con el texto de Santiago es la carta del Papa Inocencio I al obispo Decencio de Gubbio.

En los primeros siglos de la Iglesia no es posible encontrar un acto litúrgico referido específicamente a la unción de los enfermos. No se han conservado, a este respecto, ni normas jurídicas ni reflexiones teológicas.

Los textos más antiguos en los que aparece testificada la Unción se refieren a oraciones para la bendición del aceite con que se ungía a los enfermos. Algunas de ellas se remontan a los primeros años del siglo III: el aceite debe adquirir una nueva eficacia, para que pueda convertirse en auxilio para el cuerpo y el alma. También se le podía tomar como bebida.

El texto de Santiago tuvo muy poca influencia en los primeros siglos cristianos, a pesar de su importancia, en parte, a que hasta el siglo IV se impugnaba la canonicidad de dicha carta. Esto explica que apenas haya testimonios acerca de la práctica de la unción en este tiempo.

El primer testimonio que relaciona la unción de los enfermos con el texto de Santiago es la carta del Papa Inocencio I al obispo Decencio de Gubbio (Umbría) en respuesta a una consulta de éste sobre la forma de practicar la unción de los enfermos ( año 416).

“No cabe duda que hay que entenderlo (el texto de Santiago) y comprenderlo con respecto a los “fieles enfermos” que pueden ser ungidos con el óleo santo del crisma. Consagrado por el obispo, está permitido usarlo no sólo a los sacerdotes sino también a todos los cristianos, para hacer la unción en sus necesidades personales o en las de sus seres queridos. Por otra parte, esta pregunta me parece superflua: me preguntas si el obispo puede hacer lo que está permitido a los sacerdotes. De hecho, el motivo por el que se habla de sacerdotes es que los obispos, impedidos por otras ocupaciones, no pueden visitar a todos los enfermos. Pero si un obispo puede y juzga que alguien deba ser visitado por él, puede bendecirlo y aplicarle el crisma sin la menor duda, puesto que es él quien lo confecciona. Pero no puede darse la unción a los penitentes, porque dicha unción pertenece a los sacramentos. De hecho, ¿cómo pensar que pueda concederse un sacramento de este tipo a quien se le niegan los demás sacramentos?”

Según testimonios del siglo VI, en caso de enfermedad (y no sólo en peligro de muerte), los cristianos podían ungirse a sí mismos y ungir a los suyos con el óleo consagrado. Al parecer, hubo por aquella época una cierta competencia con los hechiceros.       

Ignacio Fernández González
Sacerdote Diocesano