19 de abril de 2020
1327 • AÑO XXVIII

INICIO - Signo y Gracia

Sacramento de la Penitencia

Reconciliación con Dios y con la Iglesia

La acción de la Iglesia en relación con el penitente tiene una doble finalidad: ayudar al pecador a recuperar su condición verdadera de miembro de la comunidad santa y devolver al cuerpo de la Iglesia la santidad perdida por su pecado.

La “eclesialidad” del sacramento de la penitencia tiene efectos propios que se refieren a su significado: la reconciliación. 

La reconciliación en la comunidad de los bautizados es efecto de una gracia que reconoce la condición pecadora de los miembros de la Iglesia y asume, en la solidaridad del amor de Cristo, las exigencias necesarias de una purificación y conversión constantes. El perdón postbautismal es en la comunidad cristiana el signo de que el pecado en la Iglesia está siempre llamado a ser vencido y destruido con la fuerza del amor de Cristo, que habita en la Iglesia. La Iglesia ha manifestado desde los primeros tiempos su responsabilidad y solidaridad ante el pecado de sus miembros. San Pablo expresa ya con claridad los criterios “eclesiales” a tener en cuenta ante la situación producida por el escándalo de un miembro de la comunidad de Corinto: su pecado afecta a toda la comunidad, igual que la levadura afecta a toda la masa; si el pecador no reconoce su falta, la comunidad debe excluirlo de la vida de la Iglesia, a fin de que pueda volver a ella, una vez que se haya arrepentido y corregido.

La Constitución dogmática del Vaticano II sobre la Iglesia, (que se ocupa precisamente de la pertenencia a la Iglesia y que enumera entre los elementos que la constituyen no sólo el bautismo, la profesión pública de fe, la obediencia al gobierno eclesiástico, sino también la posesión interior “del Espíritu de Cristo”, o sea, de la gracia) afirma al mismo tiempo que los pecadores continúan permaneciendo en el seno de la Iglesia, “de cuerpo pero no de corazón” (cfr. LG 14).

La acción de la Iglesia en relación con el penitente tiene una doble finalidad: ayudar al pecador a recuperar su condición verdadera de miembro de la comunidad santa y devolver al cuerpo de la Iglesia la santidad perdida por su pecado. Dicho con otras palabras, la reconciliación del pecador significa la devolución de uno de sus hijos a la vida de la familia de Dios. La mediación de la Iglesia mediante el ejercicio del poder de las llaves se sitúa en la misma línea de la penitencia antigua, es decir, responde a la necesidad de abrir un camino que permita al pecador volver a la verdadera comunión con la Iglesia, resarcir y curar el daño que con su conducta ha causado el cuerpo de Cristo, disminuyendo su santidad y oscureciendo en él la manifestación del Espíritu.

D. Ignacio Fernández
Sacerdote diocesano