29 de marzo de 2020
1324 • AÑO XXVIII

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Sacramentos de vida cristiana

 Teología del Sacramento de la Penitencia

 

Para entender esta teología, que responde al momento en que se desarrolló hemos de tener presente la doctrina protestante sobre este sacramento.

A diferencia de los católicos, los protestantes volvieron a ciertos postulados de la Iglesia cristiana primitiva, sosteniendo que el “poder de las llaves” no era monopolio de Roma y sus representantes los sacerdotes, si no que se obtenía gracias a una simple comunicación con Dios

LOS PROTESTANTES

La situación de la Iglesia se había deteriorado considerablemente a partir de los siglos XIII y XIV, debido a varios abusos que se dieron en la vida de la Iglesia y se hacía sentir la necesidad de una reforma a todos los niveles, especialmente en los estamentos clericales e institucionales que son los que más repercuten en la vida de la Iglesia. Pero, al mismo tiempo, crecía la animosidad y desconfianza hacia el papado, sobre todo en los países más alejados de su trayectoria histórica, que se resistían a que dicha reforma fuera liderada por el Papado.

En la Iglesia Protestante, existían cuatro formas de confesarse: por medio de la confesión pública, confesión secreta, confesión al ministro y confesión al lego. Con la confesión secreta o privada con Dios, se obtenía el perdón. Las otras confesiones consistían en pedir consejos a las autoridades religiosas, pero nunca una absolución. 

Algunos puntos concretos de la teología protestante sobre la penitencia:

a) La confesión no debe hacerse a los sacerdotes, porque Jesús dio el poder de “atar y desatar” a todos los cristianos.

b) La absolución consiste en proclamar el perdón de Dios, tanto a través de la predicación, como del bautismo, de la eucaristía o del ministerio de las llaves. Hay una distinción entre la confesión y declaración del perdón como práctica entre los hermanos y el ejercicio del poder de las llaves. Lutero reconoce este poder, al que es necesario recurrir cuando se puede. El ejercicio oficial y público de este poder de las llaves está reservado a los ministros, puestos por Dios para suceder a los apóstoles y elegidos por la Iglesia.
c) El perdón de los pecados se debe a la palabra de Dios. Nadie debe ser obligado a indicar detalladamente los pecados, porque la confesión no ha sido ordenada mediante la Escritura sino instituida por la Iglesia.

EL CONCILIO DE TRENTO

El Concilio de Trento se inaugura el año 1545. Se invitó a las Iglesias del bloque protestante, que se negaron a asistir, a pesar de que en los años precedentes (1540-1541) se habían tenido en diversas ciudades coloquios entre católicos y protestantes a este respecto. Ante el anuncio del Concilio, los protestantes no solamente se negaron a asistir sino que manifestaron en bloque su rechazo.

Ignacio Fernández
Sacerdote diocesano